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Regímenes Tributarios para Personas Naturales

Regímenes tributarios Personas Naturales
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Comprender los regímenes tributarios en Ecuador para personas naturales es clave si tienes una actividad económica, estás por abrir tu RUC o simplemente quieres optimizar tus obligaciones fiscales. En esta guía vamos a explicarte de forma clara y actualizada cómo funciona cada uno de los regímenes disponibles: Régimen General, RIMPE Emprendedor y RIMPE Negocio Popular. Analizaremos sus diferencias, ventajas, limitaciones y qué tomar en cuenta para decidir cuál es el más adecuado según tu caso.

¿Qué regímenes existen actualmente para personas naturales?

Actualmente, el Servicio de Rentas Internas (SRI) clasifica a las personas naturales en dos grandes grupos: el Régimen General y el Régimen RIMPE. Este último a su vez se subdivide en dos categorías: RIMPE Emprendedor y RIMPE Negocio Popular.

El régimen al que perteneces no lo eliges tú directamente. Es el SRI quien te asigna según tu actividad económica y tus niveles de ingresos anuales. Además, ciertas actividades como prestación de servicios profesionales, arriendo de bienes inmuebles o construcción, están excluidas del RIMPE y obligatoriamente entran en el Régimen General.

Régimen General: ideal para quienes manejan altos gastos

Si estás en el Régimen General, el impuesto a la renta se calcula sobre la utilidad neta, es decir, ingresos menos gastos deducibles. Esto es especialmente beneficioso si tu negocio tiene muchos gastos válidos como compras, servicios, arriendos, sueldos, entre otros.

La tarifa del impuesto es progresiva y va desde el 5% hasta el 37%, dependiendo del nivel de utilidad anual. Si tu utilidad es menor a aproximadamente $11.000, no pagas impuesto a la renta.

Este régimen permite una mayor flexibilidad para deducir costos, pero también implica un mayor control contable. Si estás generando utilidades altas, es importante revisar bien tus gastos deducibles para no pagar más de lo necesario. En algunos casos, si el impuesto es muy alto, puede convenir constituir una empresa (como una SAS) y tributar como persona jurídica.

RIMPE Emprendedor: simple, pero no siempre conveniente

El régimen RIMPE Emprendedor es una alternativa simplificada pensada para negocios pequeños o en crecimiento. A diferencia del régimen general, el impuesto se calcula sobre los ingresos brutos (ventas), sin considerar si tuviste utilidad o pérdida.

Este cálculo se hace sobre una tabla progresiva que va del 0% al 2% dependiendo del monto de ingresos anuales. No importa cuánto gastes, igual pagarás sobre tus ventas.

Es importante considerar que este régimen puede no ser conveniente si tienes muchos gastos y baja rentabilidad, ya que igual pagarás impuesto aunque no generes ganancias. Por eso, es clave evaluar tu estructura de costos antes de decidir mantenerte como emprendedor.

Además, el límite de ingresos anuales para permanecer como RIMPE Emprendedor es de $300.000. Si lo superas, pasarás automáticamente al Régimen General y estarás obligado a llevar contabilidad completa.

RIMPE Negocio Popular: para actividades de baja escala

El RIMPE Negocio Popular está diseñado para personas naturales con actividades comerciales pequeñas, que facturan menos de $20.000 al año y no realizan actividades profesionales.

Antes, este régimen pagaba una cuota fija de $60 anuales, sin importar los ingresos. Sin embargo, desde el 2024, el SRI implementó una nueva tabla progresiva, donde el impuesto va desde los $5 hasta los $60 anuales, dependiendo de los ingresos declarados.

Algunas características clave:

  • No se declara ni se factura IVA.

  • Las facturas deben ser con IVA 0%, ya sean físicas o electrónicas.

  • Solo se presenta la declaración anual de impuesto a la renta.

Aunque es un régimen muy simple, no siempre es bien recibido por empresas que necesitan deducir IVA en sus compras, por lo que en muchos casos terminan exigiendo a estos negocios que pasen al RIMPE Emprendedor.

¿Puedo escoger el régimen tributario?

No. El SRI asigna automáticamente el régimen al momento de abrir tu RUC, en función de:

  • Tu actividad económica.

  • Tus ingresos anuales declarados.

Sin embargo, tú puedes planificar tu actividad para que se adapte al régimen que más te convenga, siempre y cuando sea dentro del marco legal. Por ejemplo, si estás por iniciar un negocio y estimas que tus ingresos serán bajos, puedes comenzar como RIMPE Negocio Popular. Pero si tu actividad es profesional, entrarás sí o sí al Régimen General.

¿Qué régimen me conviene más?

Dependerá totalmente del tipo de negocio que tengas y tu nivel de rentabilidad. Aquí un resumen rápido para ayudarte a evaluar:

  • Régimen General: te conviene si tienes muchos gastos deducibles o si eres profesional independiente.

  • RIMPE Emprendedor: útil si tienes pocos gastos y tus ingresos no superan los $300.000 anuales.

  • RIMPE Negocio Popular: adecuado si tienes un negocio pequeño, con ingresos menores a $20.000, y buscas una opción sencilla.

Antes de tomar cualquier decisión, revisa tu situación real: ¿cuánto facturas al año? ¿Cuántos gastos deducibles puedes justificar? ¿Cuál es tu margen de utilidad? Estos factores son los que determinan si te conviene más un régimen que otro.

No olvides que una buena planificación tributaria puede marcar la diferencia entre pagar de más o pagar lo justo. Y si ya estás en un régimen que no te conviene, acude a un contador para revisar tu actividad económica y hacer los ajustes necesarios.

Mantente siempre actualizado con las disposiciones del SRI, ya que los cambios normativos son frecuentes y pueden impactar directamente en tu negocio.


¿Quieres saber más?

Si quieres aprender más sobre los regímenes tributarios en Ecuador, puedes escuchar nuestro podcast Saldo A Favor.



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