RIMPE emprendedor: mitos y verdades Ecuador 2026

El RIMPE emprendedor suele presentarse como una opción simple para pagar menos impuestos en Ecuador. Sin embargo, no todas las empresas califican ni siempre resulta más conveniente. En este blog te explicamos los principales mitos y verdades sobre este régimen para que tomes mejores decisiones antes de constituir una SAS o elegir tu forma de tributación.

RIMPE emprendedor: mitos y verdades Ecuador 2026

Cuando un emprendedor en Ecuador constituye una SAS, uno de los primeros conceptos que escucha es “vas a tributar menos porque estarás en el régimen RIMPE”. Esta idea se ha vuelto tan popular que muchas personas toman decisiones importantes sin entender bien lo que implica. Hoy, vamos a desmentir los principales mitos alrededor del RIMPE emprendedor y a contarte la verdad detrás de este régimen.

¿Qué es realmente el RIMPE?

El RIMPE (Régimen Impositivo para Emprendedores y Negocios Populares) fue creado para simplificar ciertas obligaciones tributarias. Dentro de este régimen existen dos segmentos:

Aquí es donde empieza la confusión: muchos piensan que al ser una SAS automáticamente califican como RIMPE y están exentos de contabilidad o declaraciones. Falso.

Mito 1: “Si tengo una SAS, soy RIMPE y no tengo que llevar contabilidad”

Este es uno de los errores más comunes. Aunque en un inicio el sistema informático del SRI mostraba a nuevas SAS como “no obligadas a llevar contabilidad”, lo cierto es que las empresas bajo el régimen RIMPE emprendedor sí deben llevar contabilidad y presentar todas las declaraciones correspondientes.

Mito 2: “Todos los emprendedores pueden estar en RIMPE”

No todas las actividades económicas están permitidas en el RIMPE. En especial, las actividades profesionales como contadores, abogados o consultores, incluso si operan a través de una empresa, deben tributar bajo el régimen general.

Es decir, si tu empresa vende servicios profesionales, aunque facture menos de $300.000, no puedes estar en RIMPE.

Mito 3: “El RIMPE siempre me hará pagar menos impuestos”

Depende. Bajo el RIMPE emprendedor tributas sobre el total de tus ingresos brutos anuales, con una tasa que puede llegar hasta el 2% más una fracción básica. No importa si tuviste pérdidas o gastos elevados: pagarás sobre lo que vendiste.

En cambio, en el régimen general tributas sobre la utilidad: ingresos menos gastos. Si tu empresa tiene márgenes bajos o está en sus primeros años con pérdidas, el régimen general puede ser más conveniente.


No te dejes llevar por lo que dicen en redes sociales o por promesas de “menos impuestos”. Constituir una SAS y entrar al RIMPE emprendedor no es lo mismo. La decisión correcta depende de tu actividad económica, nivel de ingresos, estructura de costos y etapa de crecimiento.